Garantía estructural obligatoria par obras de edificación. Asegura la estabilidad de la construcción durante 10 años tras su finalización.
Este seguro es obligatorio para promotores en obras destinadas a la venta y proporciona seguridad jurídica y económica frente a defectos estructurales.
¿A quién va dirigido?
- Promotores de viviendas, edificios terciarios o comerciales.
- Autopromotores, si prevén vender antes de los 10 años.
- Proyectos que requieran inscripción registrar o financiación bancaria.
Cobertura básica:
- • Daños materiales que afecten a la estructura del edificio: cimientos, forjados, muros de carga, pilares, etc.
- • Protección frente a defectos que comprometen la resistencia mecánica y estabilidad del inmueble.
- • Gastos de demolición, salvamento, desescombro y medidas de autoridades.
Coberturas opciones:
- • Impermeabilización de cubiertas, fachadas y sótanos (generalmente con cobertura de 3 años).
- • Daños en bienes preexistentes o elementos incorporados.
- • Renuncia de subrogación frente a agentes intervinientes (constructores o proyectistas).
Ventajas destacadas:
Aumenta la confianza del comprador al ofrecer protección real frente a daños estructurales.